El Ministerio de Salud y Protección Social ha expedido la Resolución 2388 de 2016 que contempla modificaciones en Seguridad Social, algunas de ellas se empezaron a implementar desde 10 julio y otras a partir del 10 de diciembre de 2016. Esta resolución unifica reglas para el recaudo de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales y contiene los siguientes temas:
Los siguientes cambios se debieron implementar a partir del mes de julio de 2016:
1.Cambios Tipo de planilla N novedades.
Los trabajadores independientes tendrán la posibilidad de generar una novedad de retiro posterior al pago, mediante la planilla tipo N, hasta el quinto día hábil del mes siguiente a la fecha de la novedad.
Los trabajadores independientes tendrán la posibilidad de generar una novedad de retiro posterior al pago, mediante la planilla tipo N, hasta el quinto día hábil del mes siguiente a la fecha de la novedad.
2. Aportes a Salud de cotizantes con la condición de Colombianos Residentes en el Exterior.
Los colombianos residentes en el extranjero y su grupo familiar no deben realizar aportes a Salud del 1,5% con destino a Fosyga. Se elimina este pago.
Tarjeta de Identidad (TI)
Registro Civil (RC
"Funcionarios Públicos (cotizantes 1, 18, 30 y 47) que desempeñen sus funciones en el exterior deben efectuar aportes a Fosyga"
Los colombianos residentes en el extranjero y su grupo familiar no deben realizar aportes a Salud del 1,5% con destino a Fosyga. Se elimina este pago.
- Aplica desde periodo Salud 2015-12
- Solo residentes en el exterior que no tengan beneficiarios en el país.
- Aplica para independientes con contrato y trabajadores de empresas privadas.
- Válido para Tipos de Documento:
Tarjeta de Identidad (TI)
Registro Civil (RC
"Funcionarios Públicos (cotizantes 1, 18, 30 y 47) que desempeñen sus funciones en el exterior deben efectuar aportes a Fosyga"
3.Nuevo de Tipo de Cotizante 56.
Utilizado por aquellas personas independientes que tienen en trámite su pensión y desean aportar voluntariamente al sistema general de seguridad social en salud hasta obtener su pensión.
- Aplica para cotizantes independientes.
- Cotiza a Salud de forma voluntaria con el 12.5%.
- La cotización debe realizarse con 1 SMMLV o su proporción según el número de días con novedad de ingreso.
- Liquida planillas tipo I para el periodo 2016-07 en adelante.
Los trabajadores independiente tiene la posibilidad de aportar en Seguridad Social proporcionalmente a los días laborados siempre que se trate de novedad de ingreso. En caso de novedad de retiro debe aportar sobre 30 días
Los siguientes cambios aplican a partir de Diciembre 10 de 2016:
1. Marcación de novedad de licencia remunerada.
2. Fecha de inicio y de finalización de novedades de nómina.
3. Marcación de novedad de retiro para pensionados.
4. Marcación de novedades de ingreso a Caja de Compensación para pensionados e independientes.
5. Verificación en la base de datos del Ministerio de las Entidades de Régimen Especial y de Excepción.
6. Actualización de datos del aportante en los meses de Enero y Julio.
7. Coherencia de datos en validación.
7. Coherencia de datos en validación.
8. Número de horas laboradas.
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